Prohibición de determinadas moléculas de cannabis en España

Prohibición de determinadas moléculas de cannabis en España

Prohibición del THCP, HHCPO, H4CBD y otros cannabinoides

El 22 de mayo de 2024, la Agencia Nacional Francesa de Seguridad de los Medicamentos y Productos Sanitarios (ANSM) modificó su decisión sobre la clasificación de los cannabinoides formados a partir de un núcleo químico de tipo benzo[c]cromeno. Esta modificación excluye determinadas sustancias de esta clasificación, bajo ciertas condiciones.

Prohibición de nuevos cannabinoides

En respuesta a los riesgos y a la posible dependencia asociados al consumo de ciertos cannabinoides, la ANSM ha decidido clasificar nuevos cannabinoides en la lista de estupefacientes. Esta prohibición, efectiva a partir del 3 de junio de 2024, afecta a :










Cannabinoideshemisintéticos - H4-CBD - H2-CBDCannabinoidessintéticos con núcleo de benzo[c]cromeno - HHCPO (acetato de hexahidrocannabiforol) - THCP (tetrahidrocannabiforol) -




THCA (ácido tetrahidrocannabinólico)Cannabinoidessintéticos - 5F-Cumil-Pegaclona (5F-SGT-151) - Cumil-CH-





Megaclona (SGT-270) - 7APAICA - 5F-7APAICA - Cumil-P7AICA - 5F-Cumil-P7AICA - BZO-Hexoxizid (MDA-19) - BZO-Poxizid (5C-MDA-19)

Sustancias excluidas de la clasificación

La reciente decisión de la ANSM excluye de la clasificación determinadas sustancias presentes en concentraciones muy bajas.



Los cannabinoides afectados son: - CBNA (ácido cannabinólico) Un precursor del CBN, ya excluido de la clasificación. - THCVA (ácido tetrahidrocannabivarico) y THCV (tetrahidrocannabivarina): Siempre que su contenido no supere el 0,3%. - THCA (ácido tetrahidrocannabinólico): Siempre que su contenido en THC cumpla el umbral del 0,3% establecido en la Orden de 30 de diciembre de 2021.

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